La autonomía de los sindicatos esta en peligro

El secretario de Trabajo, Javier Lozano, ha procedido sistemáticamente contra la autonomía de los sindicatos, violentando nuestro derecho laboral. En el caso del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) ha convertido a los medios de comunicación en su principal interlocutor, ignorando a los trabajadores y a sus dirigentes, al grado de adelantar su resolución en forma reiterada a los medios a partir del 9 de septiembre, en el sentido de que se negaría la toma de nota a la directiva del SME, a partir de una decisión de índole política formalizada únicamente en términos legaloides el día 5 de de octubre.

El secretario de Trabajo ignora que el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) le prohíbe intervenir en los asuntos internos de un sindicato y que dicho convenio, debidamente ratificado por México, es ley suprema en nuestra República, por encima de la propia Ley del Trabajo, conforme a la jurisprudencia firme de nuestra Suprema Corte de Justicia. En todo caso, la Junta Federal, como autoridad jurisdiccional, es la que debe determinar la posible nulidad del proceso electoral. El secretario de Trabajo, como autoridad administrativa debe limitarse a entregar la toma de nota solicitada por la representación del SME, sin prejuzgar unilateralmente controversias que corresponde conocer al tribunal laboral, al que los propios trabajadores han demandado su intervención.
Fuente: La Jornada 7 de Octubre
En la pagina de la STPS encontramos los requisitos necesarios para la toma de nota la pagina es esta:
SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO DE ASOCIACIONES

Trámites y Servicios a la Ciudadanía

La Dirección General de Registro de Asociaciones tiene la facultad de registrar las Asociaciones de trabajadores y empleadores que cumplan con los requisitos legales correspondientes y se encuentren sujetos a la jurisdicción de la autoridad laboral federal.

Así mismo, si procede, registrar los cambios de directiva de los sindicatos, federaciones y confederaciones, las altas y bajas de sus agremiados y las modificaciones y de sus estatutos. Con el fin de que los sindicatos, federaciones y confederaciones cuenten con medios legales de prueba de su registro, de su comité directivo, de sus agremiados y de sus estatutos, pueden solicitar
TOMA DE NOTA DE CAMBIOS DE COMITÉ EJECUTIVO DE LAS AGRUPACIONES SINDICALES

Requisitos:
Presentar solicitud por escrito en original y dos copias. La solicitud deberá estar firmada por el secretario general vigente o por el representante legal debidamente acreditado para ello. Los documentos que deben anexar al escrito presentado son: original y dos copias de la convocatoria, acta de la asamblea, lista de asistencia, y padrón de miembros.


Costo: Servicio gratuito

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